Seguro de Accidentes y Enfermedades Laborales
Es un seguro que se paga a todos los Trabajadores Dependientes y es financiado por el empleador. Su finalidad es otorgar cobertura en el caso de enfermedad o accidente laboral que lo imposibilite de ejercer sus funciones por invalidez o incluso muerte.
¿Cuál es el porcentaje que debo pagar por trabajador?
- El porcentaje que debes financiar es de 0,95% sobre la renta imponible de cada trabajador.
- Además, para aquellos cargos que impliquen riesgo para el trabajador, pagarás una cotización adicional con un tope de 3,4% dependiendo de la actividad que se trate.
¿Dónde debo pagar la cotización de Seguro por Accidentes y Enfermedades Laborales?
El lugar de pago, dependerá de la entidad con la que tenga convenio tu empresa. Pudiendo ser:
- IPS
- Mutualidades
- Servicios de Salud
¿Cuándo debo pagar la cotización?
- En la misma fecha que las cotizaciones de AFP, Salud y Cesantía.
¿Qué debo hacer como Empleador en caso de producirse un Accidente de Trabajo?
- Es tu obligación informar de inmediato y por escrito a la Mutual de Empleadores a la cual estés afiliado o al Servicio de Salud respectivo, en caso de no estar afiliado a alguna mutualidad.
Mi empresa no está afiliada a una mutual, ¿Dónde debe atenderse el trabajador que sufre un accidente de trabajo?
- El lugar de atención, dependerá de la gravedad del accidente, dándose dos situaciones: Si el accidente es de riesgo vital, el trabajador debe ser atendido en el centro de atención más cercano al lugar del accidente.
- Si el accidente no es de riesgo, el lugar lo establecerá el IPS, institución que dará una orden de atención, la cual corresponderá a un Servicio de Salud o a una Institución con la cual dicho organismo esté en convenio.