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Nuevo Tope Imponible
La Superintendencia de Pensiones publicó este miércoles 8 de enero la modificación en el tope imponible mensual que se utilizará para el cálculo de Cotizaciones Obligatorias de AFP, Salud, Ley de Accidentes del trabajo y Seguro de Cesantía.
Estos topes imponibles, deben aplicarse para el pago de cotizaciones previsionales correspondientes a partir de las remuneraciones del mes de enero 2014, pagadas el 10 de febrero del mismo año si es de forma presencial, o hasta el 13 del mismo mes, si es por medio electrónico.
Los nuevos topes imponibles a aplicar son los siguientes:
Estos topes imponibles, deben aplicarse para el pago de cotizaciones previsionales correspondientes a partir de las remuneraciones del mes de enero 2014, pagadas el 10 de febrero del mismo año si es de forma presencial, o hasta el 13 del mismo mes, si es por medio electrónico.
Los nuevos topes imponibles a aplicar son los siguientes:
Tipo | 2013 | 2014 |
---|---|---|
Cotizaciones Obligatorias de AFP, Salud y Ley de Accidentes del trabajo | 70,3 | 72,3 |
Seguro de Cesantía | 105,4 | 108,5 |
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